La tarde del miércoles salió a la luz el fallo de la Corte Suprema de Justicia en el cual se declara inexequibles (no acorde a la Constitución) los artículos 2 y 5 del proyecto de ley 10 que reforma la Ley 45 de 2007 de protección al consumidor, y que obligaba a los establecimientos comerciales a facilitar estacionamientos gratuitos por un período de tres horas.
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Bajo la ponencia del magistrado Jerónimo Mejía, este fallo resuelve un recurso de inexequibilidad presentado por el presidente Juan Carlos Varela en marzo de 2015 contra este proyecto de ley.
La decisión contó con los salvamentos de voto de los magistrados Abel Zamorano, Oydén Ortega Durán, y el voto razonado de la magistrada Ángela Russo, y esta indica que en Panamá rige la libre competencia económica y la libre concurrencia de los mercados, y que la labor del Estado frente a las empresas debe limitarse a 'orientar, dirigir, reglamentar, reemplazar o crear' dichas actividades económicas, según las necesidades sociales.
Además expresa que la intervención del Estado en las empresas solo puede tener lugar para fines de justicia social. Sustenta que los artículos demandados por inexequibles le imponen a propietarios y administradores de los espacios destinados a estacionamientos comerciales, clínicas, hospitales y oficinas públicas, la obligación de permitir al usuario el poder aparcar gratuitamente hasta el término de tres horas.
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Advierte, igualmente, que la obligación de proveer estacionamiento por tres horas por cada consumidor o usuario lesiona el derecho del comerciante a disponer y usufructuar libremente de su bien inmueble. Con esto, agrega el fallo, se viola el artículo 47 de la Constitución.
DURO GOLPE AL CONSUMIDOR
Según reseña el diario La Prensa en su salvamento de voto, el magistrado Abel Zamorano alegó que el acceso al servicio de estacionamientos forma parte de los derechos que tienen los consumidores cuando requieren satisfacer necesidades básicas, como ocurre por ejemplo en las instalaciones educativas, de servicios médicos y despachos judiciales.
En ese sentido, destacó que esa necesidad requiere de normas que posibiliten ese acceso.
Mientras que el magistrado Oydén Ortega Durán consideró que el proyecto demandado tenía como objeto regular que los comercios, establecimientos y entidades que ofrecen un servicio, provean a los usuarios por lo menos de un tiempo gratuito de estacionamiento, ya que al acudir a un establecimiento comercial o público queda claro que el consumidor lo hace en virtud de obtener un producto o servicio cuya adquisición implica un costo.
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Este diario recoge la expresión del diputado del PRD Leandro Ávila, quien fue el proponente del proyecto, manifestó que el fallo 'es un duro golpe al consumidor'.
Según Ávila, los centros comerciales y hospitales privados están obligados a dar estacionamientos a sus clientes de manera gratuita, ya que los almacenes y centros comerciales pagan un canon de arrendamiento en el que se incluyen los costos de inversión.
Tomado de prensa.com