El Tribunal Electoral de Panamá ratificó su decisión de no levantarle el fuero electoral, es decir no le retirará la protección a Rómulo Roux, candidato presidencial por Cambio Democrático, luego de que la Fiscalía Superior Especial Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación interpusiera un recurso de reconsideración de levantamiento de fuero penal para que responda por la supuesta comisión de delitos contra el orden económico y la administración pública.
Según el Tribunal Electoral, se adoptó esa decisión para no dejar en desventaja a Roux frente a sus rivales en las candidaturas presidenciales, quienes pueden estar a tiempo completo dedicados a sus campañas políticas.
El documento sugiere que la investigación penal contra Roux se reactive después de mayo cuando vence el fuero del candidato.
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Ya en diciembre el Tribunal Electoral había decidido no acceder a la solicitud del levantamiento del fuero que ampara a Roux. Frente a dicha decisión la Fiscalía Superior Anticorrupción presentó recurso de reconsideración en tiempo oportuno, argumentando lo siguiente:
* Que la solicitud promovida se sustentó en pruebas recibidas producto de una asistencia judicial internacional que se recibió de Suiza;
* Que si bien, se trata de la misma investigación, cuya solicitud de levantamiento de fuero fue rechazada por el Tribunal Electoral en julio de 2018, hay nuevos elementos que permiten sustentar la necesidadd del levantamiento de fuero electoral penal;
*Que es importante recordar que los intereses de los señores Rómulo Alberto Roux Moses y Juan Carlos Espinoza son similiares en dicho proceso penal;
*Que el expediente, por su trascendencia internacional, se nutre diariamente de información y pruebas que provienen de organismos de investigación internacional, por lo que es necesario levantar el fuero electoral penal a fin de que los delitos identificados puedan ser investigados;
*Que los nuevos elementos allegados al elxpediente demuestran la existencia de pagos a Rómulo Alberto Roxu Moses; y,
* Que solicitan la revocatoria del acuerdo recurrido y en su lugar, accedan al levantamiento del fuero electroal penal que ampara al señor Rómulo Roux.
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Los apoderados legales de Rox, la firma forensa Morgan & Morgan, no se quedaron de brazos cruzados y presentaron formal oposición al recurso, señalando que el mismo debía rechazarse o negarse, pues consideran que se trata de las mismas consideraciones que fueron analizadas por el Tribunal Electoral en una solicitud previa que ya fue rechazada.
En base a eso, el Tribunal explicó que analizó los argumentos de ambas partes.
'El fuero electoral penal tiene como finalidad proteger a los principales actores de un proceso electoral frente a investigaciones dirigidas o obstruir el ejercicio de sus derechos políticos o que no tengan mérito suficiente como para requerir de su presencia inmediata en las sedes investigativas o jurisdiccionales', señala el Tribunal Electoral, quien consideró además, que se trata de un mismo caso en el que las piezas aportadas por el Ministerio Público, aún las nuevas, no permiten cumplir con las exigencias necesarias para acceder al levantamiento del fuero electoral penal.
Y explica:
'Buscamos, entonces, proteger el proceso electoral para todos los panameños, lo que significa que las motivaciones para acceder al levantamiento del fuero electoral deben superar, en un juicio de valores, a la posible afectación en un contexto superior de la máxima expresión de la democracia, como lo es el sano desarrollo de elecciones libres y justas, que garanticen la continuidad del Estado de Derecho'.
El Tribunal Electoral dice no observar el por qué es fundamental que acceda a la petición del Ministerio Público, toda vez que debe siempre tomar en cuenta que de resolver positivamente esta solicitud, pondría a uno de los candidatos presidenciales en desventaja frente a sus rivales, quienes pueden estar a tiempo completo dedicados a su campaña proselitista.
'No debemos olvidar que una vez autorizado el Ministerio Público a continuar con una investigación, este queda facultado para utilizar todas las herramientas legales que tiene a su disposición, por lo que estas solicitudes deben ser analizadas con suma cautela; y por ello, la posposición de las investigaciones hasta el mes de mayo, cuando vence el fuero del candidato, no conllevaría el efecto negativo que sí generaría su levantamiento', dice el documento firmado por el magistrado presidente, Eduardoo Valdés Escoffery; el magistrado primer vicepresidente, Alfredo Juncá; y la Directora Ejecutiva Institucional, Yara Ivette Campo'.
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REDACCIÓN MI DIARIO / WEB